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La empresa familiar analiza las cuestiones tributarias a considerar de cara a 2022

blog-17-marzo-22

Las empresas familiares de la provincia de Alicante han analizado el impacto de las novedades introducidas por la nueva Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal junto con otras cuestiones tributarias relevantes a tener en cuenta para 2022, y la aprobación de la reciente reforma laboral. La Asociación de la Empresa Familiar de la provincia de Alicante (AEFA) y la firma de servicios legales Garrigues han organizado una jornada sobre los cambios recientes producidos en materia tributaria y laboral, que ha tenido lugar en el restaurante Nou Manolín de Alicante.

El encuentro se ha iniciado con las palabras de bienvenida de la presidenta de AEFA, Maite Antón, quien ha subrayado la importancia de que los impuestos y la recaudación tributaria se gestionen de una manera óptima, buscando el equilibrio entre la contribución fiscal y el desarrollo económico. Antón ha incidido en la necesidad de que todos “compitamos en igualdad de condiciones, es decir, que todos debemos cumplir con las obligaciones fiscales para que no haya ciudadanos u organismos que vivan en la opacidad”.

El objetivo de esta sesión de trabajo ha sido “aportar nuestra experiencia y conocimiento en el ámbito tributario y laboral sobre las cuestiones que os afectan en vuestro desarrollo empresarial, y que os inciden directamente, tanto a vosotros personalmente como propietarios de sociedades familiares, como a vuestras empresas”, tal y como ha adelantado el socio director de Garrigues Alicante, Juan Antonio Pacheco. La jornada trata de arrojar luz sobre “las últimas modificaciones introducidas por la Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, y la Ley de Presupuestos de 2022, así como una serie de sentencias recientes de interés general y los aspectos más significativos de la reciente Reforma Laboral”, ha concluido Pacheco.

Dentro de las cuestiones tributarias más importantes que regirán este 2022, el counsel de Garrigues, José Vicente García, ha recordado la exención del 95% que se aplica a los dividendos y plusvalías por transmisión de sociedades en el Impuesto sobre Sociedades desde el 1 de enero de 2021 y que, en la práctica, supone una tributación efectiva para la empresa del 1,25%. En este sentido, ha hecho hincapié en la importancia de revisar si las sociedades que distribuyen el dividendo tienen la consideración de patrimoniales o no realizan actividades empresariales, puesto que podría tener impacto relevante a la hora de aplicar la exención. Otra de las novedades abordadas, han sido las deducciones culturales en el cine y los espectáculos y la posibilidad de que éstas puedan cederse por el productor a un financiador tercero de las producciones.

En el Impuesto sobre Sociedades se ha introducido una tributación mínima para los ejercicios iniciados desde el 1 de enero de 2022. Así, para este año, las empresas que dispongan de un importe neto de la cifra de negocios superior a 20 millones de euros o para los grupos de consolidación, se introduce una tributación mínima del 15% sobre la base imponible. Por otro lado, los cambios realizados en el REAV (Régimen Especial de Arrendamiento de Viviendas) han llevado a que este régimen, ya no sea tan atractivo, tal y como ha comentado el experto de Garrigues, ya que se ha reducido la bonificación existente, pasando del 85% al 40%, y el tipo efectivo satisfecho en caso de reparto de dividendos es incluso superior al nominativo del 25%.

En relación con las medidas de prevención contra el fraude fiscal, que entraron en vigor el pasado mes de julio, se ha señalado la limitación de pagos en efectivo, reduciendo la cuantía permitida de 2.500 a 1.000 euros. También se ha hablado sobre la introducción del concepto de valor de referencia para la determinación de la base imponible en el ITPAJD, el ISD o el IP.  Igualmente se han mencionado las modificaciones introducidas en relación al “exit tax” aplicable en el caso de cambios de residencia para los residentes en España. Otro de los cambios, hace referencia a las modificaciones operadas en relación con las SICAVs y su control, que ha pasado a recaer en la Agencia Tributaria, lo que según han defendido los expertos de Garrigues, ha incentivado a que se disuelvan una importante cantidad de SICAVs en España.

Además, José Vicente García ha tratado otras cuestiones vinculadas con las sentencias que afectan al Impuesto conocido como la Plusvalía Municipal, el modelo 720 de declaración informativa de bienes en el extranjero y la imprescriptibilidad de rentas obtenidas en el extranjero no declaradas previamente, el plan de inspección de comprobación de las operaciones acogidas al régimen fiscal especial de diferimiento en aportaciones no dinerarias y canjes de valores realizadas por personas físicas, y que está suscitando una importante controversia con la Agencia Tributaria. Sobre este último punto, José Vicente García ha recomendado a los empresarios familiares “revisar en todas las operaciones hechas en los últimos cuatro años y si los motivos económicos que llevaron a realizar estas operaciones, se han materializado con posterioridad”, de cara a posibles inspecciones.

Reforma laboral

El otro bloque temático de la jornada informativa ha estado centrado en la reforma laboral y ha sido dirigido por el abogado asociado principal de Garrigues, Sergio Santana. En este caso, Santana ha realizado un repaso general de las novedades de la reforma laboral, contempladas en el Real Decreto-ley 32/2021. El abogado ha destacado, como elemento positivo, que esta reforma “nace del acuerdo entre sindicatos, patronal y Gobierno, y que la necesidad de la misma venía igualmente marcada por las directrices dadas en materia de trabajo temporal por la Unión Europea.

Y es que, en efecto, la contratación temporal es el área donde incide fundamentalmente esta reforma. En este sentido, Santana ha explicado que tras la reforma “desaparece el contrato por obra y servicio, y se reconfiguran los contratos por circunstancias de la producción e interinidad” dando paso a dos tipos de contrato “el contrato por circunstancias de la producción y el contrato por sustitución”. El experto jurista ha repasado las condiciones que se deben cumplir para suscribir ambas modalidades de contratación, los cuales entrarán en vigor a partir del 30 de marzo de 2022.

Igualmente, Santana ha comentado los cambios experimentados en los contratos formativos. En este punto, se han rediseñado este tipo de contratos para regular el contrato de formación en alternancia y el contrato para la obtención de la práctica profesional. En estos contratos se establecen nuevos requisitos que inciden, entre otros aspectos, sobre la duración y retribución. Por otro lado, se ha hablado del contrato fijo-discontinuo, incidiendo en que a través de la reforma se ha reforzado este régimen de contratación, y de otros aspectos relacionados con los ERTES, además de otras cuestiones tales como los cambios en materia de convenios colectivos o subcontratación.

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